Psicología ES
Malos tratos en los centros de protección de menores
La Ley de Protección Jurídica del Menor establece la posibilidad de declarar una situación de desamparo, de forma que la guarda y tutela del niño o niña pase a ser asumida por la Administración. Naturalmente, esa es una medida drástica que sólo se toma en situaciones excepcionales en la que hay un claro incumplimiento por parte de los padres del ejercicio de sus deberes: negligencia, malos tratos, abusos, etc. Cuando la Entidad Pública asume la tutela de un menor, debe proporcionar los recursos para que se ejerza la guarda del menor, ya sea a través de la adopción o el acogimiento familiar, o bien mediante el ingreso en un centro de protección.
En algunos casos, pueden ser los mismos padres quienes soliciten a la Administración que se haga cargo de la guarda, generalmente por la escasez de recursos para el adecuado ejercicio del rol parental. Por ejemplo, padres con muchos hijos y dificultades económicas, o con hijos “difíciles” y pocas habilidades parentales, que se ven desbordados por la situación familiar y abocados a solicitar ayuda a la Administración.
Por lo tanto, en estas situaciones la Entidad Pública que se hace cargo de la guarda de un menor tiene la obligación de velar por él, educarlo, alimentarlo y procurarle una formación integral. Es decir, lo mismo que se le exige a cualquier padre y madre residente en nuestro país. Cuando la medida de protección supone el ingreso en un centro, la persona que dirige el centro es la encargada de ejercer la guarda y la que asume la responsabilidad de cualquier situación en la que las necesidades del menor no estén cubiertas.
Pues bien, tras esa aclaración, hay que hacer referencia al informe que el Defensor del Pueblo acaba de remitir al Congreso de los Diputados, y que a lo largo de esta semana ha tenido una importante repercusión en los medios de comunicación. Se trata de un documento que recoge los resultados de una investigación realizada en 27 centros, todos de titularidad pública, aunque la mayoría de ellos están gestionados por entidades privadas. Tengo que insistir en que aunque muchos de los niños atendidos en estos centros presentan importantes problemas de conducta, se trata de centros de protección, y no son centros de reforma para menores que han cometido delitos.
El informe (ver aquí) ofrece un panorama desolador de la situación por la que pasan muchos de estos niños tutelados por la Administración: castigos corporales severos, aislamiento, a veces durante días, en habitáculos cerrados, desnudos integrales para realizar inspecciones, medicación sin el consentimiento del menor –algo a lo que la obliga la ley a partir de los 12 años-, vejaciones, etc. Es decir, algo que sin ninguna duda llevaría a declarar una inmediata declaración de desamparo y una retirada de la tutela, si en lugar de un centro de protección se tratase de una familia.
¿Qué futuro espera a estos menores, que suelen provenir de familias desestructuradas y que han pasado previamente por situaciones muy complicadas? La verdad es que no resulta difícil hacer un pronóstico que no es nada halagüeño. Como ya hemos tenido la ocasión de comentar en algunas entradas anteriores, la plasticidad neurológica es grande hasta bien entrada la adolescencia, de forma que cuando los menores crecen en un entorno de cariño y protección los centros cerebrales relacionados con el control y la regulación de la conducta maduran de forma adecuada. En cambio, en contextos hostiles en los que son frecuentes las situaciones de mucho estrés, como la que se vive en algunos de estos centros, el circuito básico de amenaza, que integra la amígdala, se encontrará hiperactivado, lo que está relacionado con la agresividad reactiva y la conducta antisocial. Por lo tanto, no son necesarias dotes de adivino para aventurar que muchos de estos menores pasarán a centros de reforma, en un primer momento, y más adelante a centros penitenciarios. Es muy probable que la mayoría de ellos se beneficiarían mucho de un trato adecuado llevado a cabo por profesionales especializados. Sólo de esa forma estos niños y niñas podrían darle un requiebro al destino y convertirse en adultos competentes y responsables. Pero eso exige creer firmemente en la plasticidad del ser humano y apostar por ello, supervisando estos centros de protección y dotándoles de los recursos que necesitan para llevar a cabo una labor tan importante.
.
-
Un Estudio Sobre Los Activos Para El Desarrollo Positivo Adolescente
En entradas anteriores he hecho referencia al modelo de desarrollo positivo adolescente elaborado en un estudio cualitativo llevado a cabo sobre profesionales relacionados con la adolescencia (ver aquí). Ese estudio no fue sino el comienzo de una investigación...
-
¿debe Rebajarse La Edad Penal De Los Menores?
Ya he dedicado alguna que otra entrada a este asunto, pero coloco aquí un artículo que mi colega Jesús Palacios y yo mismo publicamos este miércoles pasado en El Correo de Andalucía. La vida de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor no ha sido...
-
El Estilo De Crianza Se Transmite De Padres A Hijos
Que las experiencias vividas en la infancia en la relación con nuestros padres marcan la forma en que actuamos con nuestros hijos es algo bien conocido. Las primeras evidencias sobre esta transmisión intergeneracional del “parenting” surgieron...
-
Maltrato Adolescente
Cuando pensamos en el maltrato a menores de edad, tendemos a considerar que son los niños más pequeños quienes están más expuestos a él. Incluso algunos estudios realizados en nuestro país encuentran una disminución de su incidencia a partir...
-
En Contra Del Castigo Físico Y Sus Defensores: Tus Manos Son Para Proteger.
¡Manda güevos!, que todavía algunas personas defiendan el castigo físico. Pero así es, y no me estoy refiriendo a padres y madres con escasa educación, o a algunos personajes de la derecha prehistórica, como podría ser Blas Piñar. No, no son...
Psicología ES